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Jurisprudencia de la Signatura Apostólica en materia contencioso-administrativa
 
 

Tribunal Supremo de la Signatura Apostólica
Decretum Congressus del 10.01.2014, Prot. N. 47861/13 CA


Actor D.na N et alii
Demandado Congregatio pro Clericis
Objeto Suppressionis paroeciae
Publicación Ius communionis 4 (2016) 111-115
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Traducciones hisp., Ius communionis 4 (2016) 111-115
Contenido Recursus in limine confirmatur.
Fuentes 
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Legenda
 
Cánones del Código de 1983
Todos los cánones que pueden leerse en la parte in iure o en la parte in facto de las decisiones se indican en las fuentes.
Los cánones que son el objeto principal de la decisión o sobre los que la decisión establece un principio de interpretación se muestran en negrita.
Aparecen en cursiva los cánones del Código de 1983:
- que no aparecen en el texto de la decisión, pero que son tratados en la decisión;
- que corresponden a los cánones del Código de 1917, de los que trata la decisión (tomada anterior a 1983).

Otras fuentes
Se informa de todas las fuentes que pueden leerse en la parte in iure y en la parte in facto de las decisiones.
CIC can. 1734 §§ 1-2
Máximas
1. Legem haud violat competens Curiae Romanae Dicasterium quod recursum hierarchicum ob defectum remonstrationis reiciat.
2. Intimatio decreti suppressionis paroeciae omnibus singulis fidelibus minime est necessaria, nam iuxta iurisprudentiam nullo modo requiritur ut ipsum formale decretum suppressionis ipsis paroecianis notificetur, adeo ut communicatio decisionis cum paroecianis per ephemerides peracta sufficiens sit, ad propositionem remonstrationis quod attinet.
1. No viola la ley un Dicasterio competente de la Curia Romana que rechaza un recurso jerárquico por falta de solicitud de revocación.
2. No es absolutamente necesario que el decreto de supresión de la parroquia se notifique a todos y cada uno de los fieles; de hecho, según la jurisprudencia, no se exige en absoluto que el decreto formal de supresión se notifique a los propios fieles, por lo que es suficiente para la presentación de la solicitud de revocación, que la decisión (de supresión) se comunique a través de revistas.
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Comentos J.A. Nieva García, Comentario a los Decretos, Ius communionis 4 (2016) 129-131

Autor de la las máximas (en latín): © G. Paolo Montini
Traducción español: © Marcelo Gidi