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Jurisprudencia de la Signatura Apostólica en materia contencioso-administrativa
 
 

Tribunal Supremo de la Signatura Apostólica
Declaratio del 15.07.2016, Prot. N. 50763/15 CA


Actor Rev. R.
Demandado Congregatio pro Clericis
Objeto Prohibitionis exercitii ministerii sacerdotalis recognoscendae
Suspensionis
Publicación IE 29 (2017) 671-672
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Traducciones it., IE 29 (2017) 671-672
Contenido Suspensio partialis ex officio conceditur.
Notas Cf. etiam prot. n. 47888/13 CA
Fuentes 
?
Legenda
 
Cánones del Código de 1983
Todos los cánones que pueden leerse en la parte in iure o en la parte in facto de las decisiones se indican en las fuentes.
Los cánones que son el objeto principal de la decisión o sobre los que la decisión establece un principio de interpretación se muestran en negrita.
Aparecen en cursiva los cánones del Código de 1983:
- que no aparecen en el texto de la decisión, pero que son tratados en la decisión;
- que corresponden a los cánones del Código de 1917, de los que trata la decisión (tomada anterior a 1983).

Otras fuentes
Se informa de todas las fuentes que pueden leerse en la parte in iure y en la parte in facto de las decisiones.
CIC cann. 1371, n. 2; 1717
LP art. 95 § 2; art. 100
Máximas
1. Investigatione poenali praevia peracta atque inde processu poenali ab Episcopo forte instituto propter delictum inoboedientiae praecepto impugnato, de cuius scilicet legitimitate in procedendo et in decernendo Signaturae Apostolicae videre competit, damna quae reparari nequeunt recurrenti obvenire possunt.
1. De la realización de la investigación penal previa y del posible proceso penal iniciado por el Obispo por el delito de desobediencia a un precepto impugnado, es decir, cuya legitimidad in procedendo e in discerniendo corresponde juzgar a la Signatura Apostólica, pueden derivarse para el recurrente daños y perjuicios que no pueden ser reparados.
2. Suspensioni a Promotore Iustitiae petitae satisfacit suspensio ab Ordinario decreta quoad investigationem poenalem praeviam adversus recurrentem institutam, usque quidem ad recursus contentiosi administrativi definitionem.
2. A la suspensión solicitada por el Promotor de Justicia corresponde la suspensión que el Ordinario establece de la investigación penal previa contra el recurrente, y precisamente hasta la resolución del recurso contencioso administrativo.
 italiano - alemán - francés - portugués
Comentos M. del Pozzo, La "sostanzialità" della sospensione dell’esecuzione nella recente giurisprudenza della Segnatura Apostolica, IE 29 (2017) 673-684

Autor de la las máximas (en latín): © G. Paolo Montini
Traducción español: © Marcelo Gidi